
Pasos a seguir ante un caso de acoso. 4 Fases.
Tenemos pocas herramientas para prevenir el acoso (escolar o laboral) y menos aún para combatirlo una vez producido. Al final las que resultan eficaces, por desgracia, son las represivas (denuncias vía penal o administrativa) pero antes de llegar a esos extremos conviene hablar con los docentes, la dirección del centro escolar, los padres de los acosadores e incluso con el inspector de educación.
Los niños con necesidades especiales no son raros o extraños: solo quieren ser aceptados y formar parte del grupo. Para eso está la labor de los padres y docentes: para educar y que ningún.otro niño les discrimine, para que traten a cualquier otro en igualdad, como uno más. Es muy importante centrarse en las capacidades de esos pequeños especiales y apoyarles en sus dificultades para fomentar su integración en el grupo.
Ante un caso de acoso escolar es necesario poner en marcha de inmediato un protocolo de actuación que comprende 4 fases claramente diferenciadas, cada una las cuales está sistematizada en base a protocolos específicos estandarizados que pueden observarse (DESCARGABLES AQUÍ).
2) designación de una personas responsable de la atención y apoyo a la presunta víctima,
3) primera comunicación a las familias del alumnado implicado,
4) nombramiento de una persona responsable para la tramitación del protocolo, que será recogido mediante acta,
5) comunicación al departamento del orientación del centro, y
6) comunicación, en su caso, a otras instancias externas al centro: sociales, sanitarias y/o judiciales.
2) entrevista individual a la víctima y al responsable del acoso,
3) entrevista individual a las personas observadoras sobre los hechos,
4) entrevista a la familia de la víctima y la persona acosadora,
5) solicitud de apoyo técnico del departamento de orientación y/o de otros profesionales externos al centro especializados en el tema.
2) adopción de las medidas oportunas, tanto de protección a la víctima, como de reeducación y/o de corrección para la persona agresora,
3) elevación de las medidas consideradas al grupo clase y/o al alumnado que participa en el contexto de la situación relatada, y
4) implementación de programas grupales de sensibilización entre iguales, tales como programas de desarrollo de habilidades sociales, de comunicación y empatía social, de resolución de conflictos de forma pacífica y/o fortalecimiento del trabajo cooperativo y de una educación en y para la paz.
FASE 4:
Seguimiento de las medidas adoptadas y registro sistemático de su evolución.
De forma simultánea a esta actuación específica de acuerdo con la situación detectada, es preciso diseñar aquellas otras medidas que impliquen un proceso de prevención de futuras conductas de acoso escolar, las cuales han de ser efectivas en los distintos niveles de actuación.
En España las denuncias se han multiplicado, tal vez porque se detectan más casos o tal vez por el interés mediático que han despertado casos dramáticos que han acabado en suicidio. O puede que sea porque disponemos de más información, más medios o más valentía.
La Policía Nacional hace talleres escolares para prevenir y evitar en acoso. Los realizan en los colegios e institutos, para el alumnado, y también para padres y madres. Están disponibles para los coles de toda España con consejos para evitar el acoso escolar. Si quieres que vayan a tu cole contacta con ellos en el correo electrónico participa@policia.es
Las mujeres están, además, más expuestas a todo tipo de violencia pero especialmente aquellas que tienen alguna discapacidad. Las chicas con diversidad funcional, de cualquier edad, son más propensas a sufrir violencia de género además de los diferentes tipos de acoso que aquí mencionamos.
Si las personas con discapacidad sufren más acoso y más rechazo y las mujeres lo padecen más que los hombres al final, la mujer con algún grado de discapacidad, se encuentra en situación de fragilidad e inestabilidad y eso incluye también a las mujeres con síndrome de Asperger/TEA.
Caso 1. Cuando la denuncia se ha realizado en el propio centro educativo.
En líneas generales el protocolo de actuación debe seguir los siguientes pasos:
2) Fase 2: Análisis de la información y medidas a adoptar. Se hace necesaria una intervención rápida, urgente y efectiva. También el proceso debe realizarse con la debida discreción pues lo contrario podría generar más violencia y crispación. La Junta de Profesores, el Departamento de Orientación y/o la Comisión de Convivencia, convocadas por el Director o la persona en quien delegue y ayudados de la hoja de recogida de información para facilitar un análisis ordenado de cada caso, decidirán las posibles medidas a aplicar, de acuerdo con el Reglamento de Régimen Interno (RRI) del centro. No obstante sugerimos las siguientes medidas:
3) Fase 3: Registro escrito de acuerdos sobre las medidas decididas. Plan de actuación. Es importante recoger, por escrito, los acuerdos y medidas de actuación adoptadas. Este registro documental ha de recoger los siguientes apartados:
4) Fase 4: Intervención específica del Departamento de Orientación. En esta última fase de intervención y de cara a evitar la recurrencia del caso y favorecer la erradicación de la conducta agresiva, significamos un método de mediación del tipo Método Pikas, Método de la no inculpación (Maines y Robins, 1991), Círculo de amigos (Perske, 1988) o la creación de tribunales escolares de arbitraje.
Caso 2. Cuando la denuncia se ha realizado por servicio de inspección educativa. En este caso el Servicio de Inspección Educativa deberá comunicar al centro la denuncia presentada así como las pautas a seguir. El centro podrá ayudarse del protocolo de actuación incluido en estas orientaciones una vez conocida la denuncia.
Caso 3. Cuando la denuncia procede de la Fiscalía de Menores.
Cuando los menores autores de los abusos son mayores de 14 años entran en el ámbito de aplicación de la Ley Penal Juvenil (Ley Orgánica 5/2000) así que el Fiscal deberá comunicar a la dirección del centro la denuncia interpuesta a los efectos procedentes y, en especial, para evitar que la situación se mantenga durante la tramitación del expediente judicial. El Fiscal comunicará a la dirección del centro el expediente abierto y el nombre de la víctima y de los posibles agresores.
Cuando los menores autores de los abusos son menores de 14 años. La fiscalía remitirá al centro educativo donde se están produciendo los abusos un informe de lo actuado. Dentro de sus atribuciones la dirección del centro adoptará las medidas procedentes para poner fin a los mismos y proteger al menor que los está sufriendo. El Equipo Directivo, en el caso de recibir una denuncia de acoso escolar desde fiscalía, tiene la obligación de acusar recibo a esa fiscalía de la denuncia recibida. Esta medida va dirigida a articular la circulación de la información entre las instancias con competencia en la materia: Ministerio Fiscal y responsables del centro docente. Una vez conocida la denuncia el centro podrá ayudarse del protocolo de actuación incluido arriba.
Denuncia, no hagas como que no ves o no oyes lo que ocurre si eres testigo de un abuso. Esto es cosa de tod@s. JUNTOS podemos prevenir y evitar el acoso escolar o en las redes sociales.
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Sector educativo: www.prl-sectoreducativo.es
Diversos artículos sobre acoso escolar y violencia entre menores obtenidos de MuNDo AsPeRGeR: www.mundoAsperger.com
www.laregion.es
policia@policia.es
Web de «Notícias Jurídicas»: https://edu.xunta.es/portal/node/9720