
La discapacidad en el entorno funcional.
La manera de entender la discapacidad ha cambiado a lo largo del tiempo de la misma manera que han ido cambiando las palabras que utilizamos para definirla. Ahora distinguimos los conceptos de discapacidad, minusvalía y deficiencia y entendemos por entorno funcional a aquel en el que «funciona» la mayoría de la gente.
Pese a la aceptación de estas definiciones, algunos especialistas sostienen que, por ejemplo, el término minusvalía podría ser nocivo dado que hace referencia a una validez menor. Por esta razón muchos colectivos buscan definiciones con connotaciones positivas, como lo es “capacidad diferente” o «diversidad funcional» en lugar de “discapacidad”.
Proceso de obtención del certificado de discapacidad.
El procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad se halla regulado en España en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.
Esta calificación del grado de discapacidad responde, supuestamente, a criterios técnicos unificados, fijados mediante baremos, son objeto de valoración tanto las limitaciones en la actividad que presente la persona, como, en su caso, los factores sociales complementarios relativos, entre otros, a su entorno familiar y situación laboral, educativa y cultural, que dificulten su integración social.
Pero no es así. En realidad cada comunidad autónoma valora según sus propios baremos y en la mayor parte de los casos se centran en el criterio médico sin tener en cuenta criterios sociales o la adaptación (o no) de la persona al entorno funcional.
Porcentaje de minusvalía.
El grado de discapacidad se expresa en porcentaje. Un porcentaje del 33% o superior es el que proporciona el certificado de discapacidad y da acceso a los derechos ligados al grado de discapacidad. Si se valora que la diversidad funcional es inferior al 33% no se considera a esa persona como «con discapacidad».
Adaptación del contexto para que sea funcional.
Tomando como base muchos años de trabajo de las Naciones Unidas en el área de las discapacidades, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada en 2006, ha avanzado aún más los derechos y el bienestar de estas personas en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y otros marcos de desarrollo internacionales. La Agenda 2030 de las Naciones Unidas se compromete a «no dejar a nadie atrás».
La Convención solicita a los Estados que tomen las medidas apropiadas para darles pleno acceso a la actividad cotidiana y eliminar todos los obstáculos a su integración. Solo de esa forma se logrará que el entorno sea funcional para todas las personas, las que tienen una discapacidad y las que no.
Las personas con discapacidades, como beneficiarios y como agentes de cambio, pueden acelerar el avance hacia un desarrollo inclusivo y sostenible.
Para consulta:
- Naciones Unidas. Día Internacional de las Personas con Discapacidad, 3 de diciembre. https://un.org/es/events/disabilitiesday/background.shtml
- Integración e inclusión: https://mundoasperger.com/2017/07/integracion-e-inclusion.html
- Carta de derechos de las personas con autismo: https://mundoasperger.com/2016/03/carta-de-derechos-de-las-personas-con.html?m=1
- Sacha Sánchez-Pardíñez, «La inclusión es como un unicornio», en MuNDo AsPeRGeR: https://mundoasperger.com/2017/09/la-inclusion-es-un-como-un-unicornio.html
- Las personas con (dis)capacidad: https://www.estherc43.sg-host.com/2017/12/por-que-un-dia-internacional-de-las.html?m=1