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Aceptación del alumno con diversidad funcional en el aula ordinaria.
Los centros que escolaricen alumnado especial deberían establecer, para quienes así lo soliciten, medidas de flexibilización y/o alternativas en las metodologías de aprendizaje de las materias.El alumno del aula ordinaria debe ser educado en la aceptación e inclusión del alumno con diversidad funcional, tanto si proviene de un aula CyL como si su modalidad de escolarización es ordinaria o especial.
Imagen obtenida de «El librito».
Aplicar algunas normas de convivencia en el aula es fundamental para obtener los mejores resultados en el aprendizaje. Por ejemplo, la tolerancia ideológica o el respeto a la diferencia son claves fundamentales para una buena convivencia. La convivencia escolar se basa en los derechos de cada uno de los estudiantes, pero también por las obligaciones y responsabilidades que se tienen y que deben ser asumidas, como por ejemplo las normas de comportamiento. Sin reglas o normas que guíen el comportamiento de los estudiantes, y si todos pudiesen hacer lo que desean en el momento que lo desean, el aula de clases fácilmente se convertiría en un escenario de discordia, de falta de valores y de falta de respeto por los semejantes.
Las aulas CyL (Comunicación y Lenguaje) son unidades específicas de comunicación y lenguaje pensadas para alumnos cuyos diagnósticos sean de trastorno del neurodesarrollo (de tipo autista) y también para aquellos diagnosticados con trastorno específico del lenguaje (T.E.L.).
Se trata de unidades experimentales, con una ratio baja de alumnos, que se encuentran enclavadas dentro de colegios públicos ordinarios y cuyos alumnos compaginan la jornada entre el aula CyL y su aula ordinaria. Constan de maestro de audición y lenguaje, maestro de pedagogía terapéutica y educador. El proyecto es muy interesante siempre y cuando se potencie la integración de este alumnado y de forma progresiva se le integre en el aula ordinaria hasta que llegue el momento en el que ya no asista al aula CyL y su escolarización sea la normal para su edad, en un aula ordinaria y con compañeros neurotípicos que no tienen sus dificultades (de los que se espera que acepten al alumno con necesidad educativa especial como uno más del grupo). A menudo el proyecto tiene muy buenas intenciones pero no funciona o no hace aquello para lo que está previsto y hay alumnos que acaban pasando prácticamente toda su escolarización en el aula específica y no consiguiendo, pues, una inclusión real. Sobre esta problemática concreta no vamos a profundizar ahora ya que puede encontrar más información AQUÍ. Solo cabe añadir que con demasiada frecuencia estas aulas parecen un invento de la Administración para excluir a los niños neurológicamente atípicos mientras a sus padres y madres les dicen que son aulas de inclusión. Pese a esto el objetivo principal de estas aulas, si se cumple, es positivo.
Los principios de no discriminación, accesibilidad universal y diseño para todos deben incorporarse en los procesos de enseñanza y aprendizaje y en los de evaluación, en la aplicación de los materiales didácticos y las nuevas tecnologías, así como en los contenidos de formación y adquisición de competencias del profesorado. Por eso ha de promoverse en la formación inicial, como en la formación permanente del profesorado y los orientadores educativos, una adecuada cualificación y especialización.
Se crean para dar respuesta a aquel alumnado gravemente afectado que no puede compartir el currículo ordinario, aún con las adaptaciones pertinentes, o sólo puede compartirlo en una parte mínima. de hecho estas aulas se idearon para que el alumnado con dificultades de lenguaje y comunicación pudiera escolarizarse con apoyo específico en esas dos áreas en las que presenta déficits.
Se propone el término “especializadas” ya que, aunque en realidad son aulas específicas, no lo son en su sentido más amplio ni deben confundirse con un cajón de sastre en el que tienen cabida todos aquellos alumnos que no se adaptan fácilmente al centro ordinario o que tienen tal nivel de discapacidad que deben ser atendidos en los centros específicos. Por otro lado es muy importante, siempre que el número de alumnos lo permita, que estas aulas sean homogéneas, es decir que atiendan niños y niñas afectados por un mismo tipo de trastorno. Se recomienda también que en una misma aula entre los alumnos haya una diferencia de edad máxima de tres años.
Los criterios de escolarización de un alumno en un aula CyL son los siguientes:
– Respecto a la edad: a) Alumnos preferentemente de infantil. b) Alumnos del primer ciclo de primaria. – Respecto al diagnóstico: a) Alumnos que tengan TEA y que presenten disfasia según la clasificación oficial del SPE de valoración logopédica y que además tengan trastornos específicos de lenguaje (trastorno semántico pragmático). Se entiende que deben existir ambos trastornos. b) Alumnos que tengan capacidades cognitivas conservadas, que permitan pensar que son educables a criterio del psicopedagogo. Dada su dificultad diagnóstica, como criterio se emplean los siguientes: – Que no tengan lesión cerebral grave que pudiese indicar deficiencia mental. – Que no haya trastorno genético que pudiese indicar deficiencia mental. – Que no exista un problema específico que requiera la escolarización en un centro de educación especial como autolesiones graves, violencia grave u otros factores que requiriesen escolarización en centro un específico. – Criterios de exclusión que requieran escolarización en centro ordinario con los recursos habituales. – Síntomas benignos o síntomas más graves pero que en el centro pueden ser abordados por los recursos humanos disponibles y con las metodologías habituales en los centros ordinarios.
La opción por la educación inclusiva, para que sea real, debe movilizar inversiones e ir acompañada de recursos suficientes. Entre tanto se alcanza un sistema educativo coherente con el principio de inclusión, es necesario que la legislación establezca la obligación de garantizar la libre elección de la modalidad educativa y de escolarización por parte del alumnado con necesidades educativas especiales o de sus familias, respetando sus preferencias y ofreciéndoles información adecuada.
Además de las unidades específicas de comunicación y lenguaje (aulas CyL) existen las siguientes modalidades de escolarización:
– Integración en colegio ordinario, público o concertado, con las horas de apoyo de logopedia y pedagogía terapéutica que determine el dictamen, con un máximo de cinco sesiones semanales de pedagogía terapéutica (PT) y hasta cinco sesiones semanales de logopedia. El resto del tiempo los alumnos están en su aula ordinaria sin apoyos.
– Colegio de educación especial. Son centros educativos de titularidad pública o privada que dan respuesta a las necesidades de alumnos para los que, por causa de las necesidades de adaptaciones significativas y en grado extremo, y tras la evaluación por los equipos de orientación educativa y psicopedagógica, se considere que su nivel de integración en un centro ordinario sería mínimo. No suele ser una modalidad de escolarización óptima para la persona con síndrome de Asperger.
– Combinada entre colegio de educación especial y colegio ordinario: el alumno pasa parte de la jornada en un colegio ordinario y parte de la jornada en un colegio de educación especial, según el porcentaje que se determine en el dictamen.
Las personas con necesidades educativas especiales y las que tienen diversidad funcional tienen iguales derechos que los demás pero en ocasiones hay que reclamarlos o exigirlos para que se garanticen los principios de igualdad. Aunque cada vez es mayor la voluntad de integración el sistema social, y en especial el educativo, de momento no son eficaces ya que en general se coge a los niños con necesidades educativas especiales y se les escolariza en aulas ordinarias pero dejando a criterio de sus tutores la forma de educarles.
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