
Profesionales específicos para el alumnado con necesidades.
Varios profesionales se encargan, en el sistema educativo, de ayudar al alumnado con discapacidad o con necesidades educativas especiales (NEE). Se trata de profesionales específicos que según la etapa educativa y el tipo de centro de enseñanza desarrollan su labor de forma ajustada a ley (o al menos así debería ser).
Los profesionales específicos en educación.
Son varios los profesionales que trabajan en educación sin ser específicamente maestros o profesores. A continuación vamos a describir las funciones de cada uno de ellos y los niveles educativos en los que desempeñan su labor, que es esencial, sobre todo, en el alumnado con discapacidad o con necesidades educativas especiales.
Maestro o maestra de apoyo a la integración (pedagogía terapéutica):
Realizan funciones de apoyo a la integración tanto en la etapa de primaria como en la secundaria (primer y segundo ciclo). Su intervención con el alumnado con necesidades educativas especiales se centra en participar de forma muy activa en la evaluación psicopedagógica, junto con el orientador u orientadora responsable de la misma.
Además, realizan los refuerzos (anteriores, simultáneos o posteriores) de contenidos preferentemente dentro del aula ordinaria, ponen en marcha programas específicos de intervención, orientan al equipo educativo, colaboran con el tutor o tutora en el asesoramiento
e información a las familias, etc.
Sus funciones, más concretamente, vienen recogidas en el artículo 28 de la Orden de 9 de septiembre de 1997 y en el artículo 5 de la Orden 27 de julio de 2006, por la que se regulan determinados aspectos referidos a la organización y funcionamiento del departamento de orientación en los Institutos de Educación Secundaria.
Maestro o maestra de apoyo a la integración (audición y lenguaje):
La intervención de estos profesionales se centra, fundamentalmente, sobre el alumnado con perturbaciones del lenguaje y la audición. Atienden al alumnado con retrasos, trastornos y patologías del lenguaje oral y escrito, de distinta índole, así como a aquellos que tienen dificultades en el lenguaje asociadas a discapacidad intelectual, motriz y fundamentalmente auditiva.
Su intervención, por tanto, está muy centrada en la aplicación de programas específicos para responder a las necesidades educativas detectadas en este alumnado con problemas en el lenguaje.
Monitores y monitoras de educación especial para el alumnado de la etapa infantil, primaria y secundaria con necesidades especiales.
Estos profesionales realizan, principalmente, las funciones de asistencia, cuidados, desplazamientos y supervisión, que constituyen un soporte imprescindible en los centros actualmente.
Aunque no tienen funciones específicamente educativas, sí pueden, siempre bajo la supervisión del maestro o maestra de apoyo a la integración, colaborar en la programación y realización de las mismas.
El auge e importancia de esta figura queda patente en el incremento anual de profesionales que se destina a tal fin.
Educador o educadora para el alumnado con NEE.
Este personal laboral está encargado básicamente de la formación, cuidado y atención al alumnado con especiales requerimientos en movilidad o desplazamientos, ayudas técnicas, alimentación, control de esfínteres, etc.
Sus funciones se centran en la participación y responsabilización de la programación de actividades de tiempo libre y extraescolares, colaborando además en la elaboración y aplicación de los planes de intervención para este alumnado.
Otras de sus funciones importantes son las referidas a favorecer la coordinación escuela/familia, la colaboración en la vigilancia en los recreos o la atención en el comedor.
Profesorado de apoyo curricular.
Figura creada para realizar refuerzos en educación secundaria (obligatoria y también post obligatoria) que permite el modelo bi-pedagógico en el aula. Dicho profesional presta su dedicación a aquellos contenidos que el maestro o maestra de Apoyo a la Integración no refuerza por la especificidad de los mismos.
Por ejemplo, desde el curso 1995-96 la Consejería de Educación y la Federación Andaluza de Asociaciones de Sordos (FAAS) vienen desarrollando, en virtud de un acuerdo de colaboración, una experiencia educativa mediante la cual alumnos y alumnas con sordera utilizan los servicios de interpretación de lengua de signos en las sesiones de clase.
La función del intérprete no es docente, su tarea consiste en facilitar la comunicación y la traducción de las explicaciones del profesorado, la interpretación de gráficas y de otros materiales complejos.
Esta medida está especialmente dirigida al alumnado con grandes limitaciones en el empleo del lenguaje oral, que se comunica fundamentalmente a través de la lengua de signos y cuya familia y él mismo han solicitado expresamente el recurso.
Técnico superior de interpretación de la lengua de signos. específico para el alumnado con dificultades de comunicación.
Esta categoría profesional ha sido creada por la Resolución de 18 de enero de 2008 de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social. Actualmente se trabaja el anteproyecto de ley por la que se regula el uso de la lengua de signos española y los medios de apoyo a la comunicación oral de
las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
Mediadores o mediadoras en el alumnado con sordoceguera.
El alumnado con sordoceguera plantea necesidades derivadas de su problemática de comunicación. Requiere la intervención de un profesional especializado en sistemas de comunicación aumentativa y alternativa.
Es un profesional al que se le facilita el acceso al aula y que está capacitado para enseñar a los alumnos y alumnas sistemas de comunicación alternativos al lenguaje oral, ayudándoles a potenciar y desarrollar el nivel comunicativo que más se adecue a sus características individuales. Además actúa como intermediario entre el alumnado y el mundo.
Entre otras actuaciones estará la de motivar, facilitar y dinamizar la interacción y la comunicación, propiciando la adquisición de aprendizajes.
Educadores y educadoras sociales.
Los continuos cambios evolutivos en las situaciones de aprendizajes en la que está inmerso el alumnado y la manifiesta complejidad de su entorno hace patente y necesaria una comprensión
mucho más amplia del término «educación» del que hasta ahora hemos concebido.
Teniendo así en cuenta las exigencias del sistema educativo actual los educadores y educadoras sociales deben asumir los conocimientos y las competencias que definan su perfil para el trabajo en este ámbito.
Sus funciones estarán relacionadas con el seguimiento de la escolarización del alumnado absentista, la mediación en conflictos, la intervención en los problemas de convivencia (alumnado y familias), actividades de prevención para el alumnado en situación de riesgo,
colaboración en programas de vida saludables o programas para la integración multicultural, desarrollo de programas de educación en valores, coordinación de recursos de la zona, etc.
Equipos de orientación educativa (E.O.E.) para todo el alumnado.
De carácter sectorial o zonal estos equipos son concebidos como un recurso de apoyo a los centros educativos centrando su trabajo principalmente en los centros de educación infantil y/o primaria.
Si bien más detalladamente podemos encontrar sus funciones en la Orden de 23 de julio de 2003, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el funcionamiento de los equipos de orientación educativa, al asesoramiento y la colaboración con los centros de infantil y/o primaria en la elaboración, aplicación y evaluación de las medidas de atención a la diversidad del alumnado y de los planes de orientación y de acción tutorial son pilares importantes en el trabajo de estos equipos.
Hay que resaltar además que a estos equipos corresponde la evaluación psicopedagógica y la elaboración del dictamen de escolarización para el alumnado con necesidades educativas especiales.
Departamentos de orientación en secundaria (D.O.)
Con una filosofía de trabajo similar a la que abarcan los E.O.E. en infantil y primaria los D.O. en la etapa secundaria desarrollan su trabajo en torno a tres áreas o ámbitos principales:
- la atención a la diversidad,
- la orientación vocacional y profesional y
- la acción tutorial.
Las funciones de este D.O. quedan recogidas en la Orden de 27 de julio de 2006 por la que se regulan determinados aspectos referidos a la organización y funcionamiento del departamento de orientación en los Institutos de Educación Secundaria (BOJA 8-9-2006) de forma más detallada y explícita.
No obstante, a diferencia de los E.O.E., el D.O. no realiza dictámenes de escolarización, siendo éste, en todos los casos e independiente de la etapa del alumnado, función de los E.O.E.
Equipos de orientación educativa especializados en el alumnado con NEE.
De demarcación geográfica provincial la actuación de estos equipos ha supuesto un avance importante en la atención al alumnado que presenta necesidades educativas especiales por discapacidad o trastornos graves de conducta.
Complementan, con una intervención de mayor especialización, la atención que se ofrece este alumnado desde los centros educativos y servicios como los E.O.E. y los D.O.
Así, su actuación estará definida en torno a los principios de prevención y anticipación, detección temprana de necesidades, coordinación intrainstitucional e interinstitucional desde un enfoque multidisciplinar de la intervención.
Más detalladamente podemos encontrar sus funciones en la Orden de 23 de julio de 2003 por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el funcionamiento de los equipos de orientación educativa.
Otros recursos humanos específicos para el alumnado con NEE.
Otros profesionales que trabajan para ayudar al alumnado son los asesores y asesoras de necesidades educativas especiales de los centros del profesorado y los responsables del área de atención a la diversidad del Servicio de Inspección Educativa de cada Delegación Provincial de la Consejería, Consellería o cabildo, de Educación.
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Fuente:
Manual de servicios, prestaciones y recursos educativos para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo: https://triniblog.files.wordpress.com/2012/02/1-necesidades-especc3adficas-de-apoyo-educativo.pdf