
Modalidades de escolarización posibles en España.
Recordamos que las modalidades de escolarización posibles en España son tres:
1. Escolarización ordinaria, es decir, la escolarización en un centro ordinario de infantil, primaria o secundaria. Si bien en ese centro puede contar con algunos recursos extraordinarios, personales y materiales. Esta es la modalidad más frecuente para los niños y niñas con necesidades especiales. Se considera escolarización ordinaria también los centros de atención preferente, es decir, aquellos que siendo ordinarios, escolarizan preferentemente alumnado con determinadas características por disponer de más recursos.
2. Escolarización en centros específicos de Educación Especial. Se trata de centros que disponen de un curriculum diferente, con una ratio por aula diferente y con personal y material más especializado. También pueden considerarse en esta modalidad las aulas específicas de educación especial que existen en algunos centros ordinarios.
3. Escolarización combinada entre un centro ordinario y un centro o aula específica de educación especial. El alumno asiste y es atendido unos días en el centro ordinario y otros en un centro o aula específica de educación especial.
3. Escolarización combinada entre un centro ordinario y un centro o aula específica de educación especial. El alumno asiste y es atendido unos días en el centro ordinario y otros en un centro o aula específica de educación especial.
Las leyes españolas además permiten que sean los padres quienes decidan la modalidad enla que quieren escolarizar a sus hijos (aunque se necesita, normalmente, un dictamen de escolarización para poder hacerlo. Sobre el dictamen puedes leer la entrada siguiente en este mismo blog).
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Fuentes:
– Imagen de Tiching.com
– Mundo Asperger y otros mundos, de Sacha Sánchez-Pardíñez; Valencia. 2015.
– ¿Qué es el dictamen de escolarización? Jesús Jarque García en https://mundoprimaria.com/pedagogia-primaria/dictamen-de-escolarizacion.html )