
Consulta pública sobre grado de discapacidad.
Abierta la Consulta Pública para Real Decreto por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Los baremos.
Plazos.
El plazo vence el 2 de enero de 2022, es decir, que solo se puede opinar durante las fiestas navideñas en algo que nadie conoce y nadie ha visto jamás.
Mientras se siga negando de forma sistemática la discapacidad, o las minusvalías del 33% o más, no se puede arreglar nada.
Si quieres instrucciones una plantilla del texto a presentar la tienes AQUÍ.
Obligar a personas enfermas o con grandes necesidades de apoyo a solicitar, reclamar, recurrir, denunciar e ir a juicio contra las baremaciones de los tribunales médicos es TORTURAR a quienes peor están y más ayuda necesitan.
En fin…
El texto dice:
De conformidad con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del texto del proyecto de real decreto, se sustanciará una consulta pública, a través del portal de la web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa,
b) La necesidad y oportunidad de su
aprobación,
c) Los objetivos de la norma, y d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no
regulatorias.
En cumplimiento de lo anterior y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan
instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales, se plantea el siguiente cuestionario: La ciudadanía, las organizaciones y las asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este cuestionario, hasta el día 2 de enero de 2022, a través del siguiente buzón de correo electrónico: sg.planificacion@imserso.es
Antecedentes de la norma.
Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
Problemas que se pretenden solucionar.
Necesidad y oportunidad de su aprobación.
Objetivos de la norma.
- Realizar un abordaje de la calificación de la discapacidad desde un enfoque social y con aproximación al discurso de los derechos humanos.
- Adaptar los baremos de discapacidad a la nueva terminología y enfoque de la discapacidad propuesto por la CIF, utilizando una codificación basada en los contenidos, dimensiones y formas de graduación en los cinco niveles de gravedad propuestos por la CIF.
- Establecer unos criterios técnicos unificados y objetivos para la valoración y calificación del grado de discapacidad en todo el territorio del Estado, garantizando con ello la igualdad de condiciones para el acceso de la ciudadanía.
- Proporcionar una base científica para la comprensión y el estudio de la salud y de los componentes sociales y económicos que repercutan en la persona.
- Disponer de una aplicación informática para la evaluación de la discapacidad, en los distintos niveles, donde constarán los ítems que se han puntuado por las personas valoradoras como las anotaciones e informes técnicos, facilitando el procedimiento y gestión del proceso de evaluación y su seguimiento.
- Disponer de una valiosa fuente de información para el estudio y observación
- de los problemas derivados de la discapacidad, situación real y evolución,
- permitiendo la comparación entre países, disciplinas y servicios en diferentes momentos a lo largo del tiempo, y facilitando la explotación de información en otros campos de la salud.
Posibles soluciones alternativas regulatorias.
Se han valorado dos posibles soluciones regulatorias:
- Modificar el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.
- Aprobar un nuevo Real Decreto y derogar el anterior.
Actualmente la normativa que regula el procedimiento para el reconocimiento,
declaración y calificación del grado de discapacidad se encuentra regulada en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, por lo que la incorporación al mismo de las importantes modificaciones que ahora se pretenden, tanto respecto al procedimiento como al contenido del baremo, requieren
necesariamente de la aprobación un nuevo real decreto.
Posibles soluciones alternativas no regulatorias.
No se puede dar cobertura a este tipo de soluciones, ya que al derogarse la actual normativa que tiene rango de real decreto, requiere necesariamente de una disposición normativa del mismo rango para incorporar al ordenamiento jurídico la materia objeto de regulación.
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