
Los caminos que pueden tomar los alumnos con NEE al terminar primaria.
El currículo prescriptivo (lo que cada alumno ha de aprender según el curso en el que se encuentra) es aquel que tiene carácter básico y obligatorio. Viene determinado en una normativa de mínimos de carácter estatal y una concreción de dichos mínimos por parte de la comunidad autónoma.
Todo el alumnado en edad de escolaridad obligatoria debe seguir, como mínimo, el currículo legalmente establecido para el curso en el que se encuentra matriculado. La única salvedad corresponde al alumnado con adaptación curricular.
Según datos del Ministerio de Educación para el curso 2015–2016 (aún no hay datos más recientes) el 39,3% de los alumnos con necesidades educativas especiales (NEE) se encuentran escolarizados en educación primaria y el 26,8% en secundaria. Sin embargo, la tasa de alumnos con NEE cursando etapas posteriores es casi residual (1).
Estudiar la educación secundaria obligatoria (ESO) en un centro ordinario únicamente es posible para alumnos con necesidades educativas especiales si el dictamen de escolarización así lo establece, teniendo la Administración la última palabra aún sin la conformidad de los padres.
Cuando el alumno estudia en modalidad ordinaria y no en un centro de educación especial (CEE) el profesorado debe realizar las adaptaciones curriculares individualizadas (ACI) que, a su vez, pueden ser no significativas (si sólo se adapta la metodología, estructura o presentación de los contenidos) o significativas (cuando se adapta el contenido).
Para llevar a cabo la adaptación curricular en cualquiera de las áreas o materias del currículo, los centros deberán realizar una evaluación diagnóstica en la que se recogerán datos relevantes sobre la situación socio-familiar del alumno o alumna y sobre su proceso de aprendizaje, aportados tanto por el equipo educativo responsable del alumno o alumna, como por el orientador del centro, si existe, el equipo de orientación especifico o cualquier otro profesional que esté participando en la atención al mencionado alumno.
Los elementos del currículo susceptibles de modificación son los objetivos de etapa, que podrán ser reajustados, reducidos, suprimidos, complementados o ampliados, si procede; los contenidos, que también podrán ser modificados, complementados e incluso suprimidos; los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje, que podrán ser adaptados, complementados, modificados e incluso suprimidos.
Los alumnos con ACI significativa aunque aprueben todas las asignaturas no obtienen el Graduado en ESO y no titular les impide acceder a otras enseñanzas como la Formación Profesional de Grado Medio, Bachillerato u otros programas formativos.
Sí pueden optar a un ciclo básico de formación profesional pero para acceder a estos programas se requiere tener cumplidos quince años (algunos alumnos acaban la ESO con menos edad) y no superar los diecisiete (la mayoría de alumnos con NEE sobrepasa esa edad al acabar la ESO), se debe haber cursado la ESO (aunque excepcionalmente puede bastar con el 2º curso) y ser propuesto por el equipo docente. En la FP Básica se pueden realizar adaptaciones metodológicas pero sin minorar los contenidos obligatorios al tratarse de una cualificación profesional. Por tanto, las adaptaciones curriculares son muy limitadas y a menudo insuficientes para este tipo de alumnos.
“La falta de recursos en las escuelas, la escasez de apoyos suficientes, las dificultades de un profesorado sin formación específica, algunas actitudes y creencias en los centros educativos y la falta de voluntad política, han supuesto la segregación de estos alumnos en Centros de Educación Especial”. Carmen Alemany Panadero, trabajadora Social y Periodista.
Algunas comunidades autónomas han comenzado a diseñar programas de Formación Profesional específicos para alumnos con NEE. Como dice Alemany «es necesario avanzar en el desarrollo de estos programas, extenderlos a la totalidad de las comunidades autónomas y flexibilizar la edad de finalización de los cursos (ahora fijada a los 21 años) ya que para muchos alumnos es la única alternativa para obtener un título oficial.»
Los diplomas o títulos de programas educativos especiales no tienen en España el mismo reconocimiento que los obtenidos en centros ordinarios y esto es discriminatorio. De hecho están escolarizados en Centros de Educación Especial aquellos alumnos que tengan un dictamen de escolarización que así lo determine, a los que se ofrecen un programa para alumnos de 6 a 16 años y programas de “Transición a la Vida Adulta” para jóvenes entre 18 y 21 años.
Los CEE están dirigidos a alumnos con importantes dificultades de autonomía personal, comunicación o cognitivas. En los Centros de Educación Especial tampoco se obtiene título de ESO o de FP y los jóvenes abandonan el centro a los 21 años sin titular EN NADA así que la derivación a un CEE condiciona de forma decisiva el futuro de los alumnos.
La LOGSE instauró en nuestro país, por primera vez, los principios de normalización e integración escolar, que luego la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de la Educación (coloquialmente LOE), desarrolló desde la óptica de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, estableciendo los principios rectores de normalización e inclusión.
Si hacemos un somero análisis comparado de los textos normativos podemos ver la clara evolución del enfoque pedagógico. Se trata de cuestiones que van mucho más allá de la mera terminología y que tienen que hunden sus raíces en la filosofía de la educación y la política educativa.
La Ley General de Educación reconoce «el derecho a la educación del alumnado con necesidades educativas especiales (NEE), adoptando el término «Educación Especial» y contemplándolo como una modalidad específica, es decir, un sistema paralelo al ordinario con normas propias y currículos diferenciados». Fátima Mª García Doval

“Lo que duele es ver cómo en este proceso las distintas administraciones, empezando por las distintas consejerías de educación (no se salva ni una y no es cuestión de color político…), en vez de asignar de forma eficiente los recursos en función de las necesidades de cada niño y respetando sus derechos, se dedican a colocarlos donde menos molesten y donde menos gasten porque al cargo político de turno no le importa que un niño con TEA u otra diversidad funcional al que no se le den instrumentos para alcanzar unas habilidades sociales y unas buenas capacidades a aptativas será un gran dependiente el resto de su vida y un gasto mayor para las administraciones públicas. O sí le importa y de lo que se trata es de hacer negocio a costa de la vida de nuestros hijos, de aparcarlos hasta que cumplan los 16 años, después meterles en un centro de día o residencia hasta que se mueran, a ser posible de iniciativa privado-concertada, y a ver cuantos euros se quedan por el camino. (…) Además, a la luz de los últimos hechos conocidos en España, quizá habría de garantizarse la integridad de los menores en los centros educativos». Esther Cuadrado, La Sonrisa de Arturo.
(1) Un 1,6% en Bachillerato, un 1,8% en FP Básica, un 1,9% en la FP de Grado Medio y un 0,3% en la FP de Grado Superior. Solo un 0,1% está cursando programas específicos de cualificación profesional.
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Fuentes:
– Carmen Alemany Panadero, “Cuando los alumnos con NEE crecen. El derecho a tener un futuro“. En Medium.com: https://medium.com/@carrmen.alemany/cuando-los-alumnos-con-nee-crecen-el-derecho-a-tener-un-futuro-385a0eb04fb @carrmen.alemany
– Aulas específicas, aulas estables de autismo: la verdad que no se cuenta a los padres. Esther Cuadrado en: https://lasonrisadearturo.com/?p=1409
– Medium.com, “La segregación educativa de los niños con NEE”. https://medium.com/@carrmen.alemany/la-segregaci%C3%B3n-educativa-de-los-ni%C3%B1os-con-nee-dd47e734ec0
– Adaptaciones Curriculares. Preguntas Frecuentes. Por Fátima Mª García Doval. https://www.mundoAsperger.com/2017/09/adaptaciones-curriculares-preguntas.html
– Adaptaciones curriculares de aula. Consejos y recursos para ayudar al alumno con TEA: https://www.mundoAsperger.com/2018/04/adaptaciones-curriculares-de-aula.html
– La Sonrisa de Arturo: https://lasonrisadearturo.com/
– Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo: https://www.mundoAsperger.com/2017/03/convencion-sobre-los-derechos-de-las.html