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¿Quién es el P.T. y cuales son sus funciones?
PT es el acrónimo usado para referirnos al maestro/a de Educación Especial de la especialidad Pedagogía Terapéutica. Su finalidad primordial es propiciar la integración e inclusión del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo mediante la atención preferente y directa; el asesoramiento en materiales curriculares adaptados a este alumnado y el consejo y apoyo al profesorado del centro.
Imagen de Educasaac.
Varios profesionales se encargan en el sistema educativo de ayudar al alumnado con discapacidad o necesidades educativas especiales. Se trata de profesionales específicos que según la etapa educativa y el tipo de centro de enseñanza desarrollan su labor de forma ajustada a ley. Uno de esos profesionales es el profesor o la profesora de pedagogía terapéutica (PT).
El concepto de necesidades educativas especiales (NEE) nos hace considerar que todos los alumnos tienen sus propias necesidades (sean especiales o no) y se encuentran dentro de un continuo en el que irían apareciendo grados de especificidad cada vez mayores en las necesidades. Esta concepción educativa está basada en los principios de normalización, individualización e integración educativa.
El currículo de los alumnos no puede ser otro que el currículo ordinario de la enseñanza obligatoria aunque el alumno tenga NEE. En ese caso se realizan las adaptaciones oportunas para atender a las diferencias que presentan. El contenido del currículo escolar/educativo debe decidirse en base a objetivos a largo plazo de tal modo que la utilidad de cada elemento sea evaluada en términos de sus beneficios a largo plazo en lo que respecta las habilidades sociales de la persona, su potencial vocacional y su calidad de vida. En este ámbito es en el que se plantea el concepto de adaptaciones curriculares. Así, las adaptaciones curriculares individualizadas (ACI) y significativas (ACIS) son todos aquellos ajustes o modificaciones que se efectúan en los diferentes elementos de la propuesta educativa desarrollada para un alumno con el fin de responder a sus necesidades educativas especiales.
En los centros públicos el apoyo intensivo al alumnado con necesidades educativas especiales que precise de ACIS lo realizará el maestro o maestra de Educación Especial de la especialidad Pedagogía Terapéutica, que desarrollará las siguientes funciones:
a) Participar, como miembro activo, en la Comisión de Coordinación Pedagógica.
b) Coordinar con el psicopedagogo/a del centro y con los tutores, mediante el horario establecido al efecto, la detección, valoración y seguimiento de los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales.
c) Colaborar en la elaboración de las adaptaciones curriculares.
d) Intervenir directamente con el alumnado que presenta necesidades educativas especiales, evaluando el proceso de aprendizaje junto con el tutor o tutora y los demás maestros.
e) Informar y orientar a los padres, madres o tutores legales de los alumnos y alumnas con los que interviene a fin de conseguir la mayor colaboración e implicación en el proceso de enseñanza aprendizaje.
f) Coordinarse con todos los profesionales que intervienen en la educación del alumnado con necesidades educativas especiales.
Con la finalidad de informar regularmente a los padres, madres o tutores legales de los alumnos y alumnas con NEE sobre el proceso de intervención educativa, el maestro/a de Educación Especial de la especialidad Pedagogía Terapéutica informará, por escrito y mediante entrevista, con una periodicidad trimestral. Esta información, que se canalizará a través del maestro/a o tutor/a, se adjuntará al boletín de notas según un modelo de comunicación confeccionado por el propio centro.
La escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales y su atención educativa deben fundamentarse siempre en los principios de normalización e inclusión escolar. Esto nos lleva, ineludiblemente, a considerar las opciones o modalidades de escolarización más inclusivas posibles según la situación particular que se atienda. Para poder prosperar con estos alumnos los docentes deben darles instrucciones claras y explicar individualmente las cosas, mantener rutinas en el aula y en los espacios abiertos como el patio o en el comedor escolar, anticipar cambios o utilizar sus temas favoritos para favorecer el aprendizaje.
Así pues, los PT realizan funciones de apoyo a la integración tanto en la etapa de primaria como en la secundaria (primer y segundo ciclo). Su intervención con el alumnado con necesidades educativas especiales se centra en participar de forma muy activa en la evaluación psicopedagógica, junto con el orientador u orientadora responsable de la misma. Además, realizan los refuerzos (anteriores, simultáneos o posteriores) de contenidos preferentemente dentro del aula ordinaria, ponen en marcha programas específicos de intervención, orientan al equipo educativo, colaboran con el tutor o tutora en el asesoramiento e información a las familias, etc. Sus funciones vienen recogidas en el artículo 28 de la Orden de 9 de septiembre de 1997 y en el artículo 5 de la Orden 27 de julio de 2006 por la que se regulan determinados aspectos referidos a la organización y funcionamiento del departamento de orientación.
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Fuentes de consulta:
– Manual de servicios, prestaciones y recursos educativos para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo disponibleAQUÍ.
– Lista de consejos básicos para profesores de alumnos con síndrome de Asperger en secundaria, elaborados por la asociación Asperger Sevilla, disponible PINCHANDO AQUÍ.
– Recursos humanos específicos para la educación del alumnado con necesidades especiales: https://www.mundoAsperger.com/2018/04/recursos-humanos-especificos-para-la.html
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